{"id":1361,"date":"2023-08-04T19:19:22","date_gmt":"2023-08-04T22:19:22","guid":{"rendered":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/?p=1361"},"modified":"2025-01-13T09:33:41","modified_gmt":"2025-01-13T12:33:41","slug":"descuentos-en-impuestos-puntos-mas-importantes-del-regimen-de-regularizacion-covid","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/?p=1361","title":{"rendered":"Descuentos en impuestos: puntos m\u00e1s importantes del r\u00e9gimen de regularizaci\u00f3n Covid"},"content":{"rendered":"<p>El secretario de Hacienda Municipal, Luciano Rezzoagli (Phd), presenta los puntos salientes del proyecto de Ordenanza ya ingresado para aprobaci\u00f3n en el Concejo. <\/p>\n<p>\u201cLa propuesta plantea una vigencia hasta diciembre de 2021, y 8 aspectos que marcan beneficios sustanciales para los ciudadanos, instituciones y emprendimientos econ\u00f3micos\u201d, manifestaron desde el municipio. <\/p>\n<p> <!--more--><\/p>\n<p>Los puntos <\/p>\n<p>1-Las deudas provenientes de Contribuciones de Mejoras por Obras, cualquiera sea la misma, y respecto a cuotas vencidas y no vencidas, podr\u00e1n regularizarse bajo las siguientes alternativas: a) Cuota \u00fanica (un solo pago por cualquier medio acreditable en el acto), con una quita de capital y accesorios del cincuenta y cinco por ciento (55%), por cada per\u00edodo fiscal. b) Convenio \u00fanico hasta seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una quita de capital, accesorios e intereses del treinta y cinco por ciento (35%) y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. c) Convenio \u00fanico hasta doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una quita de capital, accesorios e intereses del veinticinco por ciento (25%) y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. <\/p>\n<p>2- Las deudas fiscales de Tasa Municipal, DREI y otras tasas y derechos, excluido el Derecho de Edificaciones, podr\u00e1n regularizarse, exclusivamente por los titulares o apoderados legalmente constituidos, bajo las siguientes  alternativas: a) Cuota \u00fanica (un solo pago por cualquier medio acreditable en el acto), con una quita de capital, accesorios (sobretasas) e intereses del cuarenta y cinco por ciento (45%), por cada per\u00edodo fiscal. b) Convenio \u00fanico hasta seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una quita de capital y accesorios del treinta por ciento (30%) y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. c) Convenio \u00fanico hasta doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una quita de capital y accesorios del veinte por ciento (20%) y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. <\/p>\n<p>3- CONDONACI\u00d3N: <\/p>\n<p>*Respecto a los clubes, con actividades deportivas en la ciudad, con reconocimiento oficial de actividades formativas, y aquellos que cuenten con personer\u00eda jur\u00eddica, tendr\u00e1n una quita de capital, accesorios e intereses del 100% (denominada Amnist\u00eda Social) de las contribuciones por Obras emitidas y no abonadas. <\/p>\n<p>*Los contribuyentes que se encuentren sin deuda de DREI, como aquellos que se acojan a este R\u00e9gimen de Regularizaci\u00f3n, podr\u00e1n solicitar la condonaci\u00f3n total del adeudo vigente de actas, multas y sanciones relativas al incumplimiento de deberes formales y presentaciones fuera de t\u00e9rmino en la esfera de dicho tributo. <\/p>\n<p>5-Respecto al Derecho de Edificaci\u00f3n, podr\u00e1n regularizarse en los siguientes casos: 1-Los Legajos de Construcci\u00f3n en formato f\u00edsico, con fecha de ingreso antes del 04\/febrero\/2019, que contienen los planos requeridos, 2-Los Tr\u00e1mite iniciados a trav\u00e9s de la Plataforma digital GESTO desde el 04\/febrero\/2019, que no han efectuado el pago de dicho concepto, y a\u00fan no han dado ingreso a los planos en formato f\u00edsico por tal hecho, 3-Los Legajos de Construcci\u00f3n y\/o Tr\u00e1mites iniciados por GESTO, que haya formalizado convenios y estos se encuentren inconclusos. <\/p>\n<p>En cualquiera de estos supuestos podr\u00e1n regularizarse bajo las siguientes alternativas: a) Cuota \u00fanica (un solo pago por cualquier medio acreditable en el acto), con una quita del cuarenta por ciento (40%), b) Convenio \u00fanico hasta seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una quita del veinticinco por ciento (25%) y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. c) Convenio \u00fanico hasta doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una quita del quince por ciento (15%) y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. <\/p>\n<p>6- Cuando las deudas est\u00e9n en proceso de ejecuci\u00f3n fiscal, por haberse sustanciado los juicios correspondientes, los contribuyentes que se adhieran al presente r\u00e9gimen tendr\u00e1n un beneficio correspondiente: a) una quita del cincuenta por ciento (50%) del capital reclamado e inter\u00e9s judicial por pago contado, b) hasta seis cuotas (6) con una quita del treinta y cinco por ciento (35%) del capital reclamado e inter\u00e9s judicial y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n, c) hasta doce cuotas (12) una quita del treinta por ciento (30%) del capital reclamado e inter\u00e9s judicial y sin inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. <\/p>\n<p>7-Las infracciones de tr\u00e1nsito previstas por incumplimiento de las distintas ordenanzas y leyes aplicables dentro de la jurisdicci\u00f3n de la ciudad de Esperanza podr\u00e1n cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: <\/p>\n<p>   a) Infracciones que no tengan resoluci\u00f3n condenatoria: 1.- Se podr\u00e1n cancelar en un pago \u00fanico, de acreditaci\u00f3n inmediata, con una quita del sesenta por ciento (60%) del valor de la multa. 2- Se podr\u00e1n cancelar con la suscripci\u00f3n de un convenio de hasta diez (10) cuotas iguales, mensuales y consecutivas con una quita de un cincuenta por ciento (50%) sobre el valor de la multa. <\/p>\n<p>   b) Infracciones que tengan resoluci\u00f3n condenatoria: 1.- Se podr\u00e1n cancelar en un pago \u00fanico, de acreditaci\u00f3n inmediata, con una quita del cuarenta por ciento (40%) del valor de la multa. 2- Se podr\u00e1n cancelar con la suscripci\u00f3n de un convenio de hasta diez (10) cuotas iguales, mensuales y consecutivas con una quita de un veinticinco por ciento (25 %) sobre el valor de la multa. <\/p>\n<p>Asimismo, quedan excluidas de la presente ordenanza y en consecuencia de los beneficios que la misma contempla, las infracciones de tr\u00e1nsito que tramiten y\/o sean juzgadas dentro del Sistema de Juzgamiento y Administraci\u00f3n de Infracciones (SIJAI). <\/p>\n<p>8- Trat\u00e1ndose de viviendas constituidas por menores o personas con discapacidad a cargo exclusivamente del ingreso (\u00fanico, con excepci\u00f3n de la cuota alimentaria) y del cuidado de una mujer (madre, tutora o curadora), se incrementar\u00e1n un diez por ciento (10%) los porcentajes de descuentos en todos los casos previsto. Asimismo, los convenios tendr\u00e1n una ampliaci\u00f3n de plazos de cuotas equivalente al 50% (cincuenta por ciento) por sobre lo previsto en los diferentes casos. Misma situaci\u00f3n ser\u00e1 aplicable para aquellas personas que trabajaron en el Sector Salud, \u00c1rea Covid, con tareas diversas (m\u00e9dicas, de enfermer\u00eda, administrativas y de limpieza), tanto del \u00e1mbito p\u00fablico como privado de esta ciudad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El secretario de Hacienda Municipal, Luciano Rezzoagli (Phd), presenta los puntos salientes del proyecto de&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-1361","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-generales"],"aioseo_notices":[],"featured_image_urls":{"full":"","thumbnail":"","medium":"","medium_large":"","large":"","1536x1536":"","2048x2048":"","covernews-slider-full":"","covernews-slider-center":"","covernews-featured":"","covernews-medium":"","covernews-medium-square":""},"author_info":{"info":["edicionuno.com.ar"]},"category_info":"<a href=\"https:\/\/edicionuno.com.ar\/?cat=1\" rel=\"category\">Generales<\/a>","tag_info":"Generales","comment_count":"0","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1361"}],"collection":[{"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1361"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1361\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3521,"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1361\/revisions\/3521"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1361"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1361"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/edicionuno.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1361"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}